SAN MIGUEL PROHÍBE TRÁNSITO DE TRICICLOS, CARRETAS Y MOTOCARS
La Municipalidad de San Miguel, dictó la Ordenanza Municipal 388 prohibiendo el tránsito de triciclos, carretas, motocars, vehículos no motorizados de tres ruedas, así como bicicletas acondicionadas que se utilicen para transportar o trasladar pasajeros, desmonte o residuos sólidos, carga, bienes muebles, materiales de construcción, productos, gas, combustible o cualquier material inflamable, dentro de la jurisdicción del distrito.
Esta ordenanza tiene como finalidad salvaguardar los intereses de los residentes san miguelinos y su derecho a vivir en una ciudad libre de desmontes.
En esta norma están exceptuados de la prohibición aquellos vehículos que se encuentren dentro del programa municipal de segregación en la fuente a cargo de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad.
La multa para las personas que incumplan la Ordenanza Municipal será de 840 soles, el 20% de la Unidad Impositiva Tributaria UIT, y el internamiento del vehículo, además de incautación de lo transportado.