SAN MIGUEL, SUBGERENCIA DE REGISTRO CIVIL REANUDA ACTIVIDADES DE FORMA PROGRESIVA
Desde este miércoles 1 de julio, cumpliendo todos los protocolos de es bioseguridad para prevenir y evitar el contagio de la Covid-19, la subgerencia de Registro Civil, reanudará de manera gradual y progresiva sus actividades priorizando la celebración de los matrimonios civiles que fueran programados antes de la emergencia sanitaria y no se celebraran en la fecha acordada por dicha razón.
También se reanudará la segunda etapa de los procesos de separación convencional denominada “divorcio ulterior”. La atención será vía telefónica, de lunes a viernes, de 09.00 A.M a 1.00 P.M, a través del teléfono 2085830 -Anexo 3355-, vía Whatsapp al teléfono 934387005 y/o vía electrónica escribiendo al siguiente correo: sgregcivil@munisanmiguel.gob.pe
Como es de conocimientos, el gobierno central recientemente ha aprobado la “Reanudación de Actividades”, conforme a una estrategia para una reanudación progresiva en el marco de la emergencia sanitaria, priorizando el trabajo remoto como la nueva convivencia social y estableciendo que las actividades que de manera imprescindible requieran hacerse de manera presencial, podrán realizarse siempre que se haya dado estricto cumplimiento de las reglas sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud.
En ese sentido, la Municipalidad Distrital de San Miguel ha tomado las medidas necesarias para garantizar que las personas puedan ejercer adecuadamente sus derechos, los que se han visto afectados a raíz de las restricciones establecidas durante el Estado de Emergencia Nacional y el aislamiento social obligatorio
MATRIMONIOS SOLO PUEDEN SER DE FORMA PRESENCIAL
Debido a la regulación, implicaciones y efectos legales de los matrimonios civiles y de los divorcios, legalmente es imposible que estos se lleven a cabo de manera remota ya que revisten de cierta formalidad cuyo incumplimiento acarrea la nulidad según la legislación actual.
Según el Código Civil actual, los matrimonios surten efecto una vez que el Acta sea firmada por la autoridad celebrante, los contrayentes y los testigos. San Miguel emplea el Acta de Matrimonio aprobada por Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC, que la genera el Sistema de Acta Electrónica de Matrimonio, que exige la firma física de los contrayentes, testigos y autoridad celebrante, bajo sanción de nulidad